Expresó
que el material entregado por el presidente del CNE, Elvis Amoroso, fue
legal y oportuno, mientras que el rector Juan Carlos Del Pino no
asistió a la convocatoria, ni dio razón de su ausencia.
Aseguró
que los boletines emitidos por el CNE con respecto a las elecciones
están respaldados por las actas de escrutinio emitidas por las máquinas
desplegadas en el proceso electoral.
"Estas actas mantienen plena
coincidencia con las bases de datos de los centros nacionales de
totalización. Se declara con lugar el presente recurso contencioso
electoral tras el peritaje realizado de manera inequívoca y fundamentado
en el informe elaborado por los expertos", dijo la presidenta del Poder
Judicial.
La
magistrada indicó que se evidenció el ataque cibernético masivo al
Consejo Nacional Electoral la noche del pasado 28 de julio cuando se
realizaron las elecciones presidenciales, en las que resultó reelecto
Nicolás Maduro como presidente de la República Bolivariana de Venezuela,
en el que además el ex candidato Edmundo González Urrutia, junto a la
opositora María Corina Machado desconocieron los resultados, alegando
que ellos tenían las supuestas actas.
Asimismo,
exhortó al CNE a publicar los resultados definitivos en la Gaceta
Oficial del proceso electoral celebrados el pasado domingo 28 de julio
de 2024 para elegir al presidente de Venezuela.
De
los 38 partidos políticos postulante que asistieron para entregar el
material solicitado por la Sala Electoral del TSJ, solo 33 lograron
consignar toda la documentación pertinente (material electoral), de
igual manera, indicó que de los 10 candidatos que participaron en la
contienda electoral solo 9 de ellos asistieron, notando la ausencia de
Edmundo González, quien no asistió al llamado para realizar la entrega
del material electoral, ni listado de testigos, desacatando el mandato
de la autoridad judicial, demostrando su renuencia a ceñirse al orden
constitucional, lo que acarrean sanciones previstas en el ordenamiento
jurídico vigente.
"En
consecuencia de decide que todo el material electoral consignado por el
CNE y partidos políticos quedan en resguardo de la sala electoral del
TSJ", mencionó.
La
máxima autoridad del TSJ declaró con lugar el presente recurso
contencioso electoral en base al peritaje, y certificó de forma
inobjetable convalidando los resultados de la elección presidencial
ratificando la victoria del ciudadano Nicolás Maduro, como presidente de
la República Bolivariana de Venezuela.
La
magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez dio lectura a la
sentencia. Estuvo acompañada por los magistrados Fanny Márquez e
Inocencio Figueroa, integrantes de la Sala Electoral. En base a los
resultados obtenidos en el peritaje, aseguró que los boletines de
resultados del Consejo Nacional Electoral (CNE) son congruentes con los
informes de las máquinas electorales.
Investigación penal
Además,
se le solicitó al Ministerio Público abrir una investigación penal por
los delitos de: usurpación de funciones, forjamiento de documentos
públicos, instigación a la desobediencia de las leyes, delitos
informáticos, asociación para delinquir y conspiración.
Esto,
puntualizó, responde a los resultados que la oposición cargó en una
página web que dan el supuesto "triunfo" a Edmundo González; pero
también por el ataque cibernético del que fue víctima el CNE.
Agradeció
la colaboración de los veedores y expertos internacionales que se
implicaron en el peritaje de la elección presidencial. Destacó el apoyo
mostrado por ellos y su alto nivel técnico. /EUD