Mérida, Octubre Jueves 08, 2026, 06:56 pm
Los sacerdotes escasean y no, afortunadamente no podemos ser reemplazados por la IA, porque, gracias a Dios esta labor es única y exclusiva para hombres. Pero, en los sitios donde escasean, es importante que todo laico conozca qué puede hacer cuando esta figura tan importante para la Iglesia no está presente, sea la razón que sea.
Antes que nada, hay que aclarar que, en
ausencia de sacerdote, un laico, sea consagrado o no, no sustituye al sacerdote
ni puede celebrar la Misa, pero puede realizar ciertas funciones, cuando existe
necesidad, y cuenta con la autorización correspondiente del obispo o del
párroco.
¿Qué puede hacer un
laico?
1. Dirigir una
celebración de la Palabra en domingo o día de precepto, eso sí, únicamente
cuando sea realmente imposible celebrar la Eucaristía. Se habla de que es una situación extraordinaria y debe
hacerse según las normas diocesanas.
2. Distribuir la
sagrada Comunión: si ha sido designado ministro extraordinario, y según las
normas litúrgicas. En una celebración dominical sin sacerdote debe evitarse
cualquier confusión con la Misa. Habiendo quedado claro lo que es una
“paraliturgia” o celebración de la
Palabra, no se debe hablar de un laico como quien “preside” la celebración.
3. Administrar el
bautismo en caso de necesidad, especialmente si hay peligro de muerte y no se
puede acudir a un ministro ordinario. Fuera de esos casos, hace falta la
autorización prevista por la autoridad eclesiástica; no es una facultad para
ejercerse habitualmente por iniciativa propia. El Catecismo señala en el número
1256 que: “En caso de necesidad, cualquier persona, incluso no bautizada, puede
bautizar si tiene la intención requerida y utiliza la fórmula bautismal
trinitaria”. Así, puede bautizar: Un laico católico; una persona de otra
confesión cristiana.
Una persona no
cristiana; incluso una persona no bautizada (!). La razón de esta posibilidad
es la voluntad salvífica universal de Dios y la necesidad del Bautismo para la
salvación, según el mismo numeral 1256.
Conviene precisar que “caso de necesidad”
se refiere principalmente a una situación en la que no puede acudirse
oportunamente a un ministro ordinario, especialmente ante peligro de muerte, lo
cual, por tanto, no significa que cualquier persona pueda sustituir
habitualmente al sacerdote o al diácono en la celebración ordinaria del
Bautismo.
4. Dirigir las
exequias, cuando realmente no hay sacerdote ni diácono, siguiendo el ritual
aprobado, y con la debida preparación.
5. Predicar en una
iglesia u oratorio, si lo permiten las circunstancias, la necesidad, la ley y
las normas de la conferencia episcopal. Sin embargo, un laico nunca puede
pronunciar la homilía dentro de la celebración de la Eucaristía.
6. Asistir al
matrimonio, pero solo en circunstancias excepcionales: donde faltan sacerdotes
y diáconos, con la autorización del obispo diocesano, el parecer favorable de
la conferencia episcopal y aún más importante, la licencia de la Santa Sede.
7. Dirigir
oraciones, rezar la Liturgia de las Horas, celebrar devociones, rosarios,
viacrucis y otras oraciones privadas o comunitarias, siempre que no se
presenten como sacramentos ni como Misa. La documentación disponible confirma
expresamente la legitimidad de las oraciones litúrgicas y devocionales de los
laicos.
8. Respecto a las
bendiciones: Un laico puede dirigir oraciones de petición y devociones, y puede
emplear aquellas fórmulas de bendición que el ritual o la autoridad diocesana
permita expresamente a los laicos. Pero no debe improvisar bendiciones reservadas
al ministro ordenado ni actuar como si impartiera una bendición sacerdotal.
Es importante aclarar en este punto que, para dar una lista completa de las bendiciones concretas permitidas a los laicos habría que consultar el Bendicional aprobado y las normas de la diócesis, pues las facultades pueden variar. La documentación disponible aquí no permite establecer de forma exhaustiva qué fórmulas concretas puede usar un laico.
¿Qué no puede hacer
un laico, haya o no sacerdote?
Un laico no puede:
celebrar o concelebrar la Misa ni consagrar el pan y el vino; confesar y
absolver sacramentalmente; administrar la Unción de los enfermos;
confirmar;
pronunciar la homilía durante la Misa; presentarse como sacerdote, “presidir”
la Eucaristía o crear ritos que imiten los sacramentos.
La regla práctica
es: en caso de necesidad, el laico puede servir a la comunidad mediante la
Palabra, la oración, la Comunión y determinados ritos autorizados; pero siempre
debe conservarse claramente la diferencia entre el ministerio sacerdotal y el
servicio laical ya que el sacerdocio es un sacramento que imprime carácter en
quien lo recibe y viene con gracias especiales que acompañan este ministerio.
Dios con nosotros