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Tribunal de apelaciones de EE UU rechazó la suspensión de protección judicial para beneficiarios del TPS

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Foto: Imagen de Ralph en Pixabay.


La medida cautelar dictada originalmente por un tribunal estadounidense estará vigente hasta el 6 de noviembre.

La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos rechazó una solicitud del gobierno de Donald Trump para suspender una medida judicial que mantiene vigente la protección de los beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés), mientras continúa el proceso de apelación.

La decisión, anunciada el 30 de octubre, fue emitida en el caso presentado por la Alianza Nacional del TPS y un grupo de beneficiarios contra el secretario de Seguridad Nacional, Markwayne Mullin, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el gobierno estadounidense.

En el documento, los jueces Kim McLane Wardlaw, Salvador Mendoza Jr. y Anthony D. Johnstone señalaron que el 5 de octubre la Corte Suprema concedió una solicitud de revisión del caso, anuló una decisión anterior del Noveno Circuito y devolvió el expediente para que fuera reconsiderado a la luz de otro fallo, identificado como Mullin v. Doe.

Ese mismo día, el gobierno presentó una moción para suspender la orden judicial preliminar emitida por un tribunal de distrito. La solicitud buscaba que la suspensión entrara en vigor inmediatamente después de la emisión del mandato de la Corte Suprema, prevista para el 6 de noviembre, fecha en la que expira la suspensión temporal que ese máximo tribunal mantiene actualmente sobre la medida.

Lo que deben hacer los venezolanos en EE UU para registrarse y optar por el TPS
Foto: EFE

Sin embargo, el Noveno Circuito rechazó la petición del gobierno y determinó mantener vigente la medida cautelar mientras avanza la revisión del caso.

Asimismo, el tribunal anunció que establecerá un calendario acelerado para la presentación de argumentos sobre el fondo de la apelación, mediante una orden separada.

La resolución no constituye todavía un fallo definitivo sobre la legalidad de las medidas relacionadas con el TPS, sino que se limita a rechazar la solicitud gubernamental de suspender la protección judicial preliminar y dispone que el proceso continúe con un cronograma expedito.

La situación de los venezolanos con TPS

El TPS es un mecanismo migratorio estadounidense que permite a ciudadanos de determinados países permanecer temporalmente en Estados Unidos y obtener autorización de empleo cuando las condiciones de sus lugares de origen impiden un retorno seguro, debido a conflictos armados, desastres naturales u otras circunstancias extraordinarias.

Venezuela recibió esta protección en marzo de 2021, durante la Administración de Joe Biden. Posteriormente, en octubre de 2023, el gobierno estadounidense anunció una nueva designación para los venezolanos y, en enero de 2025, extendió por 18 meses la protección correspondiente a la designación de 2023, hasta el 2 de octubre de 2026. La medida beneficiaba a aproximadamente 607 mil venezolanos.

Sin embargo, tras el regreso de Donald Trump a la Casa Blanca en enero de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés), entonces encabezado por Kristi Noem, revocó la extensión y anunció la cancelación de las designaciones venezolanas de 2021 y 2023. La Corte Suprema permitió que la cancelación de la designación de 2023 entrara en vigor el 3 de octubre de 2025, mientras que la correspondiente a 2021 quedó establecida para el 7 de noviembre de ese mismo año.

TPS venezolanos
Foto: AFP

La decisión sobre el caso venezolano se produjo después de que, en enero de 2026, el Noveno Circuito fallara a favor de los beneficiarios del TPS y concluyera que la entonces secretaria de Seguridad Nacional había excedido sus atribuciones al revocar la extensión y cancelar la protección. No obstante, en octubre de 2025, la Corte Suprema había suspendido la aplicación de una resolución anterior del tribunal de distrito que impedía ejecutar la cancelación.

Posteriormente, el 25 de junio de 2026, la Corte Suprema falló en el caso Mullin v. Doe, relacionado con la cancelación del TPS para ciudadanos de Siria y Haití. En esa decisión, el máximo tribunal determinó que la legislación restringe la revisión judicial de las decisiones del Departamento de Seguridad Nacional sobre la terminación del TPS, en lo relativo a reclamos no constitucionales. Luego, el 5 de octubre, la Corte Suprema anuló el fallo de enero del Noveno Circuito y devolvió el expediente para que fuera reconsiderado.

Con información de El Diario





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